El modelo español de representación y representatividad sindical ha logrado consolidar una negociación colectiva de eficacia general con alta cobertura convencional, ha integrado democráticamente al sindicalismo en la sociedad española y ha dotado a nuestro país de estabilidad y paz social frente a todas las coyunturas. Estos logros no deben, sin embargo, ocultar algunos de sus puntos críticos, que se pueden categorizar en los siguientes:
- Falta de protagonismo directo del sindicato en las empresas. Los comités y delegados de personal protagonizan la acción sindical frente a las secciones sindicales.
- Desincentivo a la afiliación sindical. El convenio de eficacia general, la conversión del trabajador en un elector y la escasa presencia de secciones sindicales en las empresas desincentivan la afiliación sindical.
- Falta de adaptación del modelo electoral que sustenta el modelo. La unidad electoral de centro de trabajo en los delegados de personal y comités, que sirve para el cómputo de representatividad sindical por audiencia electoral, está desfasada y no responde a la actual organización productiva.
- Desigual cómputo de la representatividad sindical. El sistema concentra intereses en la gran empresa, que acumula audiencia electoral en el modelo de elecciones por centro de trabajo, y castiga a la mediana y pequeña empresa fuera del sistema electoral. Hay muchos representantes en las grandes empresas y escasos en el resto de tejido productivo, lo que origina un desigual cómputo de representatividad sindical general.
- La excesiva institucionalización del sindicalismo. El sistema termina institucionalizando en exceso al sindicalismo, dentro del modelo neocorporativo sindical español.
Estas disfunciones exigen una reflexión sobre una posible propuesta de reforma del sistema de representación y representatividad sindical que giraría sobre cuatro ejes:
- Adaptación del modelo electoral. Cambiar la unidad electoral de centro de trabajo por la de empresa centralizando el modelo. Quedaría racionalizado el número de representantes en las grandes empresas aumentando en el resto y compensada la representatividad sindical por audiencia electoral.
- Reparto de tareas entre delegados de personal/comités y sindicatos. Los delegados de personal y comités elegidos, tendrían en exclusiva competencias de participación en la empresa desde la lógica de la cooperación participativa en toma la de decisiones de la organización empresarial. Los sindicatos, con base afiliativa y representatividad, tendrían en exclusiva la acción sindical sustentada en la negociación colectiva y la huelga.
- Nueva representatividad sindical. La representatividad sindical se mediría por resultados electorales, pero no por representantes sino por votos, y por afiliación sindical como nuevo criterio añadido.
- Una nueva concepción contractualista de la negociación colectiva. El convenio colectivo debe dejar de ser configurado como un acto normativo institucional y tiene que encajar en el contrato colectivo más cercano al pacto en ejercicio de autonomía privada y a sus destinatarios.
Estos cambios abrirían una nueva etapa en el sindicalismo español del siglo XXI, con una mayor adaptación a la realidad social actual, menos desequilibrios en la representación y un mayor vigor social. Estos cambios generarían incentivos para cambios de conducta del sindicalismo, en atención a la defensa de intereses cercanos y renovados.
Más información en el artículo ‘Representación y representatividad sindical: puntos críticos y propuesta de reforma’, publicado en Papeles de Economía Española, número 156.