La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) fue creada in 2013 con el mandato de garantizar el cumplimiento por parte de todas las Administraciones Públicas (AAPP) del principio de estabilidad presupuestaria previsto en el artículo 135 del Constitución española, reformado en 2011. La AIReF desarrolla su actividad principalmente en el marco de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
La actividad principal de la AIReF es la emisión de los informes, opiniones, estudios y recomendaciones que le encomienda la ley, tales como los informes sobre previsiones macroeconómicas, sobre proyectos y líneas fundamentales de los presupuestos de las AAPP, sobre presupuestos iniciales de las AAPP, sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto, entre otros. El mandato de la AIReF incluye también la evaluación de la verosimilitud de las principales previsiones económicas.
«La evaluación concluye que la AIReF en sus primeros años de funcionamiento ha logrado una “reputación de independencia y de análisis de alta calidad”».
El seguimiento de la AIReF abarca todos los niveles de las administraciones públicas (AAPP) en España. Fruto de su análisis y seguimiento, la AIReF elabora recomendaciones dirigidas a las AAPP con propuestas de mejora o señales de incumplimiento de la normativa presupuestaria. La AIReF realiza esta actividad al amparo del principio, habitual en las instituciones fiscales independientes (IFI), de “cumplir o explicar”. Es decir, cuando una administración pública recibe una recomendación de la AIReF debe, o bien cumplirla o bien explicar razonadamente los motivos por los cuales no la cumple. La AIReF publica trimestralmente las respuestas recibidas por parte de administraciones implicadas lo que eleva los “costes de reputación” por parte de las instituciones que no cumplen con las recomendaciones.
El gráfico siguiente muestra el desglose de las recomendaciones, opiniones y orientaciones de buenas prácticas emitidas por la AIREF según el tema tratado y el tipo de recomendación durante sus tres primeros años de funcionamiento.
Gráfico 1
Fuente. Elaboración propia a partir de las Memorias Anuales de la AIReF (2014 – 2016).
En noviembre de 2017 la OCDE publicó un Estudio de Evaluación de la AIReF. Este ejercicio lo realizaron un grupo de cinco expertos independientes (dos miembros de la División de Presupuestos y Gasto Público de la Dirección de Gobernanza Pública de la OCDE, dos expertos en instituciones fiscales independientes de los Países Bajos y los Estados Unidos, y un experto académico español) siguiendo la metodología propia de la OCDE (OCDE, 2014).
En términos generales, la evaluación concluye que la AIReF en sus primeros años de funcionamiento ha logrado una “reputación de independencia y de análisis de alta calidad”. En cuanto a su diseño, y en particular, hasta qué punto cumple la AIReF con los principios de la OCDE de creación de instituciones fiscales independientes, el informe presenta las puntuaciones que se recogen en la siguiente tabla.
Tabla 1. Grado de cumplimiento de la AIReF de los principios de la OCDE para IFI (OCDE, 2014)
Principio de la OCDE | Puntuación | Puntuación máxima |
---|---|---|
1. Apropiamiento local | 2 | 2 |
2. Independencia y neutralidad partidista | 6,5 | 7 |
3. Mandato | 3 | 3 |
4. Recursos | 0,5 | 3 |
5. Relación con el poder legislativo | 2,5 | 3 |
6. Acceso a la información | 1 | 2 |
7. Transparencia | 3,5 | 4 |
8. Comunicación | 1 | 1 |
9. Evaluación externa | 1 | 1 |
Total | 21 (80%) | 26 |
Fuente. Adaptado de la Tabla 1.2 del Informe de la OCDE sobre la AIReF (2017).
Nota. En la presente tabla se considera la siguiente equivalencia entre el nivel de evaluación y la puntuación. Evaluación positiva (“Sí”) = 1; evaluación negativa (“No”) = 0; evaluación parcial (“Parcial”) = 0,5.
Como se puede observar, el grado de adecuación de la AIReF a los criterios de la OCDE es muy alto en general (absoluto en algunos casos) y sólo por debajo del 50% en lo relacionado con los recursos. En el caso de los recursos, las razones de la baja puntuación según la OCDE son las siguientes: (a) “el mandato de la AIReF, ya amplio de por sí, está siendo extendido, con el riesgo de agregar desafíos a los ya limitados recursos” de la institución; (b) el MINHAFP introduce cambios en los presupuestos de la AIReF sin consultar a la institución; (c) no existen compromisos de financiación plurianual de la AIReF, que podrían reforzar aún más la independencia de la institución.
Conclusión
Los primeros años de funcionamiento de la AIReF han significado una importante contribución para reforzar la mejora de estabilidad presupuestaria y la gobernanza fiscal en España y en la UE aumentando los “costes de reputación” de aquellas administraciones públicas que son menos fiscalmente responsables de lo que debieran.
Cuando lo ha considerado necesario, la AIReF ha defendido ideas diferentes a las del Ministerio de Hacienda y Función Pública, del que depende administrativamente, provocando que el ministerio modifique algunas de sus posturas iniciales. Este celo en la preservación de la independencia es un elemento muy positivo para construir y reforzar el marco fiscal en España.
En este sentido, nuestras conclusiones subrayan la necesaria complementariedad entre todos los elementos (leyes, instituciones, voluntad política) para alcanzar la sostenibilidad fiscal.
Esta entrada es un resumen actualizado del artículo «Los primeros años de actividad de la AIReF en el contexto del marco fiscal de la Unión Europea», publicado en el número 264 de Cuadernos de Información Económica.