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El mundo difiere sobre cómo poner orden en el criptomercado

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El mercado de criptoactivos crece a un ritmo formidable; el Banco de Inglaterra cifra su incremento en este mismo 2021 en un 200%, hasta llegar a los 2,3 billones de dólares, lo que igualaría ya el valor de los dólares estadounidenses en circulación. 

Lo cierto es que el aumento de su popularidad rivaliza con las incertidumbres que lo rodean, no siendo la menor de las ellas la falta de un conocimiento cierto sobre cuál es el valor intrínseco de muchos de los valores operados. Otras dudas asociadas a las criptomonedas se derivan del aumento de delitos relacionados con su distribución; por ejemplo, la Comisión Federal de Comercio de EE. UU. informa que las estafas de inversión en criptodivisas se multiplicaron por diez entre octubre de 2020 y marzo de 2021. Sobre estos y otros riesgos —incluidas potenciales amenazas a la estabilidad financiera— han alertado diversos organismos a uno y otro lado del Atlántico, que consideran llegado el momento de una regulación que cubra una serie de objetivos, entre ellos: 

  • la preservación de los mecanismos de control monetario y financiero
  • la prevención de riesgos sistémicos
  • la protección de inversores y consumidores
  • la lucha contra la delincuencia
  • la racionalización del proceso de minado y su gasto energético

En todo caso, la respuesta regulatoria difiere según el ámbito desde el que se aborda, ya sea a nivel competencial o geográfico. 

El Comité de Supervisión de Basilea, máximo órgano prudencial bancario, ha puesto el foco en la exposición de estas entidades al mundo cripto y ha propuesto exigentes requerimientos de capital para los bancos que negocien con criptoactivos. Sin embargo, la industria defiende que este enfoque —dotar de regulación a los criptoactivos a través de la reglamentación bancaria— puede no ser el más acertado. En el sector se transmite la idea de que las entidades pueden aportar fiabilidad y seguridad a este mercado, pero ello sería imposible de aprobarse el exigente marco regulatorio propuesto por el Comité, que impediría, de facto, la participación de los bancos en el mismo. Y ello, sin olvidar que, si esa regulación hubiera de ser cumplida por los bancos, también debería afectar —defienden— a todos los demás agentes relacionados con el mercado de criptoactivos. 

Respuestas parciales desde EE. UU.

Otra aproximación es obligar a que la venta de estos activos se lleve a cabo desde entidades reguladas. En este sentido, EE. UU. prepara ya un cuerpo legislativo, impulsado por la actual administración, que busca regular las stablecoins (monedas respaldadas por, o al menos vinculadas a, otros activos), básicamente convirtiendo los emisores de estas monedas en bancos, y también las denominadas plataformas DeFi (finanzas descentralizadas). Sobre estas últimas, por ejemplo, se plantea considerar a sus distribuidores como brokers y requerirles, por tanto, informar sobre sus clientes.

Sin embargo, la falta de una regulación integral de estos mercados o las propias contradicciones entre los organismos a la hora de considerar la naturaleza de sus activos son causa de preocupación en EE. UU. A falta de la aprobación de las nuevas normas, las agencias de ese país intentan su supervisión con normas ya vigentes, pensadas para activos convencionales, lo cual resulta problemático.

Europa: lenta pero exhaustiva

En Europa los planes regulatorios llevan avanzando más tiempo, preparándose una completa reglamentación y un conjunto de definiciones que afecten a todos los criptointermediarios con clientes en la UE. Esta regulación, conocida como MiCA (Markets in Criptoassets), está ahora siendo estudiada por los gobiernos nacionales y podría llevar aún dos años –o más– llevarla a la práctica. 

La UE decidió llevar a cabo este exhaustivo planteamiento porque los criptoactivos quedaban fuera del alcance de su legislación sobre servicios financieros, dejando sin protección a inversores y la propia estabilidad financiera. 

Frente a las inconsistencias legislativas estadounidenses, la normativa europea gana adeptos en su ambición declarada de convertirse en estándar global. Pero, simultáneamente, no le faltan críticas de quienes creen que favorece a las instituciones tradicionales frente a las nuevas empresas del sector fintech, al incrementar las barreras de entrada. 

El mundo aborda la criptorregulación

El enfoque más radical sobre este asunto proviene en la actualidad de China, que esencialmente ha arrinconado las criptodivisas privadas coincidiendo con el lanzamiento del e-yuan, su moneda estatal digital propia o Central Bank Digital Currency (CBDC). Algunos expertos señalan que el objetivo de Pekín es aprovechar las ventajas del sistema blockchain sin criptomonedas. El resto del mundo refleja las dudas que existen en estos momentos sobre la regulación de este mercado. Algunos países africanos (Argelia y Nigeria) y Turquía han seguido los pasos de China pero, simultáneamente, Singapur, El Salvadorotros países emergentes promueven una legislación favorable a las criptomonedas. Japón, un país clave, afronta el dilema de convertirse en un referente de este mercado creciente, que es ya un fenómeno de moda entre su población más joven, al tiempo que observa riesgos significativos en su desarrollo. 

En todo caso, hay que destacar que gran parte de la oposición a las nuevas y más estrictas normas se debe a la falta de oportunidades de inversión de alto rendimiento en un mercado que sigue con tipos de interés históricamente bajos. Y mientras esta situación continúe, tanto las inversiones racionales como las irracionales coexistirán en el mercado de las criptomonedas.

Lo cierto es que, de un modo u otro, lo cripto ha crecido lo suficiente como para llamar la atención y su ordenación, en uno u otro sentido, ocupa ya el tiempo de legisladores y supervisores. 

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