Existe un amplio consenso en la literatura académica sobre la relación positiva entre la competencia en los mercados y el bienestar social. Partiendo de esa premisa, se debe perseguir la máxima eficacia de los instrumentos y los organismos de defensa de la competencia, puesto que con ello se favorecerá la existencia de la misma y la mejora del bienestar social.
De esta forma resulta relevante evaluar qué elementos permiten alcanzar a la política de competencia una mayor efectividad. No obstante este concepto de efectividad en el caso de la política de defensa de la competencia ha sido poco estudiado y principalmente a través de indicadores sintéticos y percepción de la misma (véase los trabajos de Serebrisky, 2004; Borrell y Jiménez, 2008; o Voigt, 2009).
Sin embargo no se ha analizado en ningún caso otro factor relevante para favorecer la efectividad en el cumplimiento de la normativa de competencia: la difusión de las actividades realizadas por las propias autoridades de la competencia en los medios de comunicación. Esa difusión favorece un mejor conocimiento de las normas por parte de los agentes económicos, a la vez que incentiva a su cumplimiento.
La literatura académica ha analizado en numerosas ocasiones cómo los medios de comunicación pueden verse influidos a la hora de publicar información de calidad de forma independiente, principalmente debido a la gran importancia que los ingresos publicitarios tienen en la financiación de estos medios (trabajos seminales como los de Baker, 1994 o Gabszewicz, Laussel y Sonnac, 2001 son quizás los más representativos).
Siguiendo esta idea general, parece lógico pensar que la publicación de noticias sobre expedientes del organismo de defensa de la competencia resulta una «mala publicidad» para las empresas, aspecto que afectaría a su reputación (véase el trabajo de la Office of Fair Trading, 2011, donde se expresa que dicho efecto negativo sobre la reputación es el más temido por los empresarios), sus ingresos y por lo tanto a sus gastos en publicidad dentro de los medios de comunicación. Al contrario, si la noticia es la absolución (o la reducción de la pena) de estas compañías, podríamos considerar que resulta «positivo» para la imagen de las empresas involucradas.
“…Se detecta que las noticias acerca de la ratificación de una sanción por los órganos de revisión jurisdiccional (Audiencia Nacional y Tribunal Supremo) tiene un menor tamaño que el resto; mientras que sucede lo opuesto con aquellas noticias que se hacen eco de la anulación (o reducción) de una sanción por parte de esos mismos órganos”.
Siguiendo esta hipótesis inicial, hemos analizado cómo ha sido la difusión de las actuaciones de la autoridad competencia en España (Comisión Nacional de la Competencia, la ya extinta CNC) durante la etapa comprendida entre los años 2007 a 2010. Para ello conformamos una base de datos con 199 casos escogidos aleatoriamente (y que suponen en torno al 40 por 100 de los casos generadas por la CNC) difundidos como actividad por la CNC y relativos a las tres grandes áreas de actuación (promoción, fusiones y sanciones), que a su vez generaron más de 850 noticias en periódicos tradicionales y digitales. Esta diseminación puede verse influida por la tipología de casos, los medios utilizados para la divulgación, la importancia y cuantía de las multas, el sector analizado, etc.
A partir de un análisis descriptivo y la posterior estimación de un modelo de regresión lineal múltiple, en el que tratamos de explicar el tamaño de la noticia (medido a partir del número de palabras que contiene la misma), los resultados de las estimaciones sugieren la posible existencia de comportamientos sesgados por parte de los medios de comunicación, dependiendo de la tipología de la noticia y cómo afecten a la(s) empresa(s) implicada(s).
En particular, se detecta que las noticias acerca de la ratificación de una sanción por los órganos de revisión jurisdiccional (Audiencia Nacional y Tribunal Supremo) tiene un menor tamaño que el resto; mientras que sucede lo opuesto con aquellas noticias que se hacen eco de la anulación (o reducción) de una sanción por parte de esos mismos órganos. De confirmarse este hecho en investigaciones futuras, este sesgo supondría un elemento que restringe la difusión de las actividades de competencia y, con ello, la capacidad de disuasión y eficacia general del sistema.
Esta entrada es una versión reducida y editada del artículo “La difusión de las noticias sobre política de competencia y su efecto sobre el enforcement”, publicado en el número 145 de PAPELES DE ECONOMÍA ESPAÑOLA.